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Integrantes de la primera mesa. De izquierda a derecha: César Landa, Dr. Duberlí, Sergio Perea y Raquel Yrigoyen. / Créditos: Isabel López Meza (IIDS) 

Comunidad Nativa Tres Islas informó sobre nuevas acciones legales iniciadas para proteger su autonomía y territorio

Evento se desarrolló en la facultad de Derecho de la Pontificia Universidad Católica del Perú (PUCP), hasta donde llegaron miembros de la Comunidad Nativa de Madre de Dios para dar a conocer las acciones judiciales de carácter nacional e internacional que han iniciado para salvaguardar su vida e integridad como pueblo originario.

Publicado: 2016-03-28

IIDS/Marzo, 2016.- El 21 de marzo, la Comunidad Nativa Tres Islas de Madre de Dios celebró el Foro sobre «Autonomía y Territorio Integral para garantizar la vida e integridad de los Pueblos Indígenas» en la Facultad de Derecho de la Pontificia Universidad Católica del Perú (PUCP). El evento fue organizado por la Comunidad Nativa Tres Islas de Madre de Dios, la Red Latinoamericana de Antropología Jurídica (RELAJU), el programa KHUSKA de la asociación THEMIS, la Sección de Litigio Estratégico en Derechos Indígenas de la Clínica Jurídica de la Facultad de Derecho de la PUCP y el Instituto Internacional de Derecho y Sociedad (IIDS). 

El Foro buscó visibilizar el respeto de la autonomía y territorio integral para garantizar la vida e integridad física y cultural de los pueblos indígenas. En ese marco, se presentaron dos paneles temáticos sobre autonomía y territorio integral. Para ello, se tomó como punto de partida la experiencia de la Comunidad Nativa Tres Islas. Ambos paneles estuvieron moderados por Raquel Yrigoyen Fajardo, vicepresidenta del IIDS y profesora de la Sección de Litigio Estratégico en Derechos Indígenas de la Clínica Jurídica de la PUCP.

El primer panel sobre «Autonomía y Jurisdicción Indígena» contó con la participación, en calidad de ponentes, de Brenda Chapiama, Vocal de la Junta Directiva de Madre de Dios; Walther Huayllani, miembro del equipo legal del IIDS; Rocío Trujillo, miembro del equipo legal del IIDS; y el Doctor Duberlí Rodríguez, Juez de la Corte Suprema de Justicia del Perú.

El segundo panel sobre «Autonomía y Territorio Integral» contó con la participación, calidad de ponentes, de Sergio Perea Ponce, presidente de la Comunidad Nativa Tres Islas; Carlos Elguera Alvarez, miembro del equipo legal del IIDS; el Doctor César Landa Arroyo, expresidente del Tribunal Constitucional y profesor principal de la PUCP; y Jorge Prado, representante del Pacto de Unidad de las Organizaciones Indígenas Nacionales del Perú.

Proceso de Hábeas Corpus en el Tribunal Constitucional.- En el año 2013, la Comunidad Nativa Tres Islas presentó una demanda de hábeas corpus por la persecución penal arbitraria contra miembros de la Comunidad por hechos que no configuran delito y, que en todo caso, le corresponde resolverlos a la jurisdicción indígena. El proceso penal que motivó la presentación de la demanda de hábeas corpus se originó por una consulta de alimentos de una mujer indígena ante la Defensoría Municipal del Niño y del Adolescente (Demuna). La entonces abogada de dicha entidad solo tuvo en cuenta la edad en la que la demandante fue madre. Así, con el único dato de la edad, la abogada presentó una denuncia por el supuesto delito de violación sexual en contra de dos menores de edad para la Código Penal (Sic).

En el año 2007, la jurisdicción ordinaria inició un proceso penal, con el cual desconoció la diversidad cultural (artículo 2 inciso 19 de la Constitución); el derecho de la justicia indígena (artículo 149 de la Constitución y el artículo 8, inciso 2 del Convenio 169 de la OIT); y la competencia de la jurisdicción indígena (artículo 18 inciso 3 del Nuevo Código Procesal Penal) para resolver estos casos.

Brenda Chapiama, Vocal de la Comunidad Nativa Tres Islas. / Créditos: Isabel López Meza (IIDS)

En el primer panel, Brenda Chapiama, supuesta agraviada por la justicia ordinaria, dio su testimonio respecto de las implicancias negativas en sus hijos, en su familia y en la Comunidad por dicha persecución arbitraria por más de ocho años contra su esposo. Ella precisó que para los pueblos Shipibo y Ese Eja, como para muchos pueblos indígenas, el paso de ser «niña» a ser «mujer» se da con la primera menstruación. Desde entonces, las mujeres pueden tener relaciones afectivas y sexuales consentidas con sus enamorados o parejas. Es decir, tales relaciones tempranas con consentimiento son aceptables y no constituyen delito para la comunidad.

La Comunidad remarcó sus solicitudes: 1) Que el Tribunal Constitucional resuelva el proceso de hábeas corpus (07009-2013-HC/TC); 2) Ordene el archivo definitivo del proceso penal en contra de del esposo de Brenda Chapiama; 3) El Tribunal Constitucional respete el derecho consuetudinario, la autonomía y la justicia indígena reconocidas en la Constitución y en el Convenio 169 de la OIT.

Petición y Medida Cautelar ante la CIDH.- Por su parte, Sergio Perea informó que, a pesar de contar con una sentencia del Tribunal Constitucional a su favor (EXP. N° 1126-2011) dada en el 2012, ésta aún no se ha ejecutado en su integridad. Señaló que el incumplimiento de la misma ha generado que aumenten las actividades extractivas sin el consentimiento de la comunidad. Dijo que ello ha afectado terriblemente la integridad física, biológica, cultural y espiritual, así como su modo de vida y libre determinación del desarrollo tanto de la comunidad como de sus miembros, pues hay desforestación de bosques, contaminación de aguas por el uso del mercurio, muerte de animales terrestres, peces y aves. Puntualizó que esto afecta la seguridad alimentaria, salud, integridad.  

Sergio Perea también dijo que, habiendo agotado todos los recursos internos ordinarios y extraordinarios, la Comunidad ha presentado una petición ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) por la violación de sus derechos reconocidos en la Convención Americana de Derechos Humanos (CADH). También, la Comunidad ha presentado una solicitud de medidas cautelares para proteger su vida e integridad.

Sergio Perea, presidente de la Comunidad Nativa Tres Islas. / Créditos: Isabel López Meza (IIDS)

Demanda de amparo por territorio integral.- La Comunidad también informó que ha presentado una demanda de amparo contra el Gobierno Regional de Madre de Dios solicitando la rectificación de su título de propiedad, y el otorgamiento de un título de propiedad pleno sobre todo su territorio, incluido los recursos naturales. Y es que, a la fecha, el Estado no reconoce la titularidad integral y plena del territorio de la Comunidad. ¿La razón? Mediante el art. 11 de la legislación de comunidades nativas, el Estado, al momento de otorgar el título de propiedad a las comunidades nativas, distingue de forma inconstitucional entre tipos de tierra. Aquella tierra que el Estado califica como de aptitud agrícola y ganadera será otorgada en propiedad en la Comunidad. Sin embargo, aquella tierra que califique como de aptitud forestal no será entregada en propiedad sino en «cesión en uso». Este es un problema que sufren todas las comunidades nativas del Perú y que el caso de la Comunidad busca cambiar.

El evento fue clausurado por Zulma Villa, miembro del directorio del IIDS, docente adjunta de la PUCP y presidenta de la Red Latinoamericana de Antropología Jurídica, quien agradeció el interés de los panelistas y asistentes al evento por el reconocimiento y respeto de los derechos de los pueblos originarios en el país. «Yo les invito a formar parte de este equipo, abrir trocha en el campo legal para que el Estado empiece a respetar los derechos de los pueblos indígenas. Respetar los derechos de los pueblos indígenas como a la vida, a la integridad, a su territorio y, en especial, a su autonomía y libre determinación. Finalmente, comprender que ellos no son objetos  de derechos, sino sujetos de derechos», puntualizó.

Zulma Villa, miembro del directorio del IIDS, docente adjunta PUCP y presidenta de RELAJU. / Créditos: Isabel López Meza (IIDS)

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Escrito por

ALERTANET

Medio de información del IIDS que da cuenta de casos de litigio estratégico en derechos indígenas y otros derechos humanos colectivos.


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