Tribunal Constitucional verá acción que busca desconocer la Personalidad Jurídica de los Pueblos Originarios
- Mañana, viernes 24 de agosto de 2018, se llevará acabo la Audiencia de la acción de inconstitucionalidad contra la Ordenanza de Loreto que reconoce la personalidad jurídica de pueblos originarios, en la ciudad de Arequipa. - Con esta acción de inconstitucionalidad MINCUL busca que se anule la Resolución que reconoce la personalidad jurídica del Pueblo Achuar del Pastaza, único pueblo reconocido en el Perú.
IIDS/IILS. Agosto 2018.- A fin de defender la constitucionalidad de la Ordenanza Regional de Loreto N°014-2017-GRL-CR que reconoce la personalidad jurídica de Pueblos Indígenas u Originarios, autoridades del Pueblo Achuar del Pastaza, representado por la Federación de la Nacionalidad Achuar del Perú (FENAP), la Organización Nacional de Mujeres Indígenas, Andinas y Amazónicas (ONAMIAP) y la Central Única Nacional de Rondas Campesinas del Perú (CUNARC-P) participarán, como terceros con legítimo interés, en la Audiencia sobre el Proceso de Inconstitucionalidad (Exp. N.° 004-2018-AI-TC) promovida por el Ministerio de Cultural (MINCUL).
La acción interpuesta por MINCUL también busca que se deje sin efecto la Resolución N.° 253-2018-GRL-P, emitida por el Gobierno Regional de Loreto el 25 de junio pasado, que reconoce la personalidad jurídica del Pueblo Achuar del Pastaza, representado por la Federación de la Nacionalidad Achuar del Perú (FENAP), siendo el único pueblo en el Perú que cuenta con dicho reconocimiento a la fecha.
Esta acción de inconstitucionalidad ha generado una gran preocupación en el Pueblo Achuar del Pastaza, cuyo Presidente, Jeremías Petsein Peas, se ha visto obligado a presentarse en este proceso, viajando durante una semana. “Sin personalidad jurídica la Ley no permite que podamos tener el título de propiedad de nuestro territorio, hacer bionegocios, contar con un registro ante la SUNAT, tener cuenta bancaria y ejercer otros derechos”, señaló con esperanza.
Como recordamos, el viernes 20 de julio de 2018, se llevó a cabo en Arequipa la Audiencia de Vista de la Causa de la Acción de Inconstitucionalidad contra la Ordenanza Regional de Cajamarca N°010-2016.GR.CAJ-CR que reconoce la personalidad jurídica de pueblos originarios, también promovida por MINCUL. (Ver Nota)
En el país, solo dos gobiernos regionales han adecuado a la fecha el cumplimiento de su competencia exclusiva de reconocer la personalidad jurídica de comunidades al Convenio 169 de la OIT que reconoce pueblos indígenas. Con estas acciones de inconstitucionalidad, MINCUL busca anular las mismas.
La Presidenta de ONAMIAP, vocera del Pacto de Unidad de Organizaciones Nacionales Indígenas, Ketty Marcelo, también muestra su extrañeza por qué MINCUL considera que solo debe reconocerse la personalidad jurídica de comunidades y no de pueblos.
En efecto, MINCUL reclama la exclusividad en la identificación y reconocimiento de pueblos, pero sin personalidad jurídica, con lo cual les será imposible acceder a la titulación de sus territorios como pueblos y el ejercicio de otros derechos colectivos que requieren personalidad jurídica, explicó la defensa legal de las Organizaciones Indígenas.
“Las organizaciones de pueblos originarios estamos muy preocupadas por qué el Ejecutivo, en vez de promover nuestros derechos busca que se anulen. Todas las organizaciones indígenas hemos tomado la decisión de defender estas ordenanzas y que no se atropellen nuestros derechos”, refirió el Vicepresidente de la CUNARC-P, Fidel Lope.
El Tribunal Constitucional se encuentra ante el reto de amparar los derechos de los pueblos indígenas y que los gobiernos regionales cumplan con sus funciones, de conformidad con los tratados internacionales.
La Audiencia se dará mañana, viernes 24 de agosto de 2018, a las 9:00 a. m., en la Sede del Tribunal Constitucional de Arequipa.
Mayor información:
- IIDS/IILS: www.derechoysociedad.org,
Jr. Nazca 458, Of. 101, Jesús María, Lima 11, Tel. (51-1) 330 - 9139.
Escrito por
Medio de información del IIDS que da cuenta de casos de litigio estratégico en derechos indígenas y otros derechos humanos colectivos.