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Actividad minera en el territorio de la Comunidad Nativa Tres Islas, destruyendo y contaminando aguajales y fuentes de agua.

PRIMERA SENTENCIA QUE DECLARA LA NULIDAD DE CONCESIONES MINERAS Y OTROS ACTOS ADMINISTRATIVOS INCONSULTOS

Publicado: 2018-12-29

El Juez Provisional del Juzgado Civil Transitorio de Tambopata de la Corte Superior de Justicia de Madre de Dios ha emitido una sentencia ejemplar que se ajusta a los estándares internacionales (Exp. 00675-2017-0-2701-JM-CI-01, del 11/12/2018). Esta Sentencia vincula la falta de consulta previa con la nulidad, de pleno derecho, de los actos administrativos viciados. Dispone el cese inmediato de los actos vulneratorios, la prohibición de su repetición y un conjunto de medidas efectivas para la restitución del derecho y la reparación (como el acceso a agua segura, la atención integral de la salud, la descontaminación, reparación del hábitat, reforestación, etc.). 

Se trata de otro caso interpuesto por la Comunidad Nativa Tres Islas; que demandó la nulidad de todas las concesiones mineras, adjudicación de predios agrícolas y derechos de aguas otorgados a terceros sin consulta previa, dentro de su territorio, por el Gobierno Regional y la Autoridad del Agua. Ello, porque tales concesiones son la causa de la destrucción y contaminación de su territorio, la afectación de la salud, la falta de agua y alimentación segura. Y, algo más, de nuevos problemas sociales.

Como la parte demandada ha apelado, la sentencia aún no es firme, pero esperamos que sea confirmada. Sigue un breve análisis de los aspectos más saltantes de la misma.

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Escrito por

ALERTANET

Medio de información del IIDS que da cuenta de casos de litigio estratégico en derechos indígenas y otros derechos humanos colectivos.


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