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Rondas Campesinas interponen demanda de amparo contra los Ministerios de Cultura y Ambiente y SUNARP

CUNARC-P demanda al Minam y Mincul por desconocer su condición de organización indígena y vulnerar el derecho de participación y consulta previa en el proceso de Consulta del Reglamento de la Ley de Cambio Climático.

Publicado: 2019-10-22


IIDS/IILS. Octubre 2019. La Central Única Nacional de Rondas Campesinas del Perú (CUNARC-P), organización indígena que agrupa a las Rondas Campesinas, descendientes de Pueblos Indígenas y Originarios, interpuso una demanda de amparo, el 30 de setiembre de 2019, contra el Ministerio de Cultura (Mincul) y el Ministerio del Ambiente (Minam).

CUNARC-P demanda al Mincul y Minam por la grave violación al derecho a la participación y consulta previa, al no incluirlos en el proceso de participación del Reglamento de la Ley Marco sobre Cambio Climático (Ley Nº 30704) y al denegarles su condición de órgano representativo de Pueblos Indígenas, entre otras violaciones.

¿Cómo inicia el caso?

En enero de 2019, Minam inició el proceso de consulta previa con 7 organizaciones nacionales indígenas, sin la participación de la CUNARC-P, organización representativa de las rondas campesinas como pueblos indígenas. Ante ello, la CUNARC-P solicitó ser incluido, pero el Minam le denegó su derecho y argumentó que CUNARC-P no es parte del Grupo de Trabajo de Pueblos Indígenas (GTPI), conformado por el Mincul.

Tras la denegatoria, la CUNARC-P presentó un recurso de reconsideración y apelación ante el Minam. Sin embargo, el Mincul declaró improcedente su solicitud.

El presidente de la CUNARC-P, Santos Saavedra, señaló que “la exigencia que realiza Mincul para admitir a la CUNARC-P como organización representativa de pueblos indígenas, no solo está violando lo ya reconocido por el artículo 1 de la Ley de Rondas Campesinas, sino también constituye un acto discriminatorio frente a las otras organizaciones incluidas en la Base de Datos de Pueblos Indígenas (BDPI) y en el GTPI”.

La CUNARC-P es la única organización que no ha sido incluido en la consulta al reglamento de la Ley de Cambio Climático, a pesar que forma parte del Pacto de Unidad de las Organizaciones Nacionales Indígenas, y, a la fecha, es su actual coordinador para el periodo 2019-2020.

En ese sentido, tras haber agotado las vías administrativas, la CUNARC-P, con asesoría jurídica del Instituto Internacional de Derecho y Sociedad (IIDS), interpuso una demanda de amparo.

“Nosotros tenemos derechos como Pueblos Originarios e Indígenas reconocidos en la en el Convenio 169 de la Organización Internacional de Trabajo (OIT) y en la Constitución Política del Perú. Asimismo, nos ampara el artículo 1 de nuestra Ley de Rondas Campesinas que el Mincul viene incumpliendo. Esperamos que el Poder Judicial falle a nuestro favor”, dijo el presidente de la CUNARC-P.

Acciones del Congreso de la República a favor de CUNARC-P

Cabe recordar que el excongresista Wilbert Rozas, quien presidía la Comisión de Pueblos Andinos, Amazónicos, Afroperuanos, Ambiente y Ecología (CPAAAAE) del Congreso de la República, exhortó en 2 oportunidades al Minam incluir a la CUNARC-P en el proceso de Consulta Previa.

“Ni el BDPI ni el GTPI son constitutivos de derechos sobre el reconocimiento de organizaciones representativas de Pueblos Indígenas para ser reconocidos como sujetos del proceso”, refirió el exparlamentario.

Demanda incluye a la SUNARP

La CUNARC-P incluyó en el proceso de amparo a la Superintendencia Nacional de Registros Públicos (SUNARP), por denegarle su condición representativa nacional de las rondas campesinas como Pueblos Indígenas.


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Escrito por

ALERTANET

Medio de información del IIDS que da cuenta de casos de litigio estratégico en derechos indígenas y otros derechos humanos colectivos.


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