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ENSABAP deberá otorgar  bachillerato a artistas/ archivo iids, ENSABAP

Al fin se hizo justicia con los artistas: ENSABAP deberá otorgarles su BACHILLERATO en vías de regularización

- La Primera Sala Constitucional de Lima emitió sentencia favorable a las/os profesionales egresados de la Escuela Nacional Superior Autónoma de Bellas Artes del Perú (ENSABAP), luego de un largo juicio. - Contradiciendo la Ley, el director de ENSABAP no les entregaba su grado de bachiller a pesar de que ya contaban con el título profesional de artistas. - Lamentablemente, 3 de los 21 demandantes fallecieron esperando justicia.

Publicado: 2020-10-06

IIDS. Octubre 2020. La Primera Sala Constitucional de la Corte Superior de Lima, con los votos de los magistrados Tapia Gonzales, La Rosa Guillén y Paredes Flores, al fin, hizo justicia a los artistas profesionales egresados de la Escuela Nacional Superior Autónoma de Bellas Artes del Perú (ENSABAP), al emitir una sentencia a su favor que ha hecho pública el pasado 02 de octubre 2020. 

La sentencia ordena que ENSABAP otorgue, en vía de regularización y de forma inmediata, el grado académico de BACHILLER, sin costos ni requisitos legales adicionales, a los profesionales que ya cuentan con título profesional de artistas otorgado por la misma casa de estudios, como los 21 demandantes.

Por más de 5 años, estos artistas egresados de ENSABAP, y quienes además son docentes en su alma mater, litigaron arduamente buscando justicia y, lamentablemente, tres de ellos dejaron de existir en la espera.

Parece un cuento kafkiano, pero no lo es. ENSABAP es una escuela de arte centenaria, que da formación integral y, además, especializada en artes, a sus estudiantes. Los procesos de estandarización de la educación superior llevaron a la exigencia de la homologación del título que otorga ENSABAP al título otorgado en nombre de la Nación por las Universidades, y su respectiva inscripción en la entonces Asamblea Nacional de Rectores (ANR). Como la primera norma de homologación, dada en 1993, generó dudas sobre su alcance, la Ley 29292 del 12/12/2008 dejó claro que los grados y títulos otorgados por ENSABAP eran “equivalentes” a los otorgados por las Universidades. Además, dicha norma dispuso que, en 60 días, el director de ENSABAP remita a la ANR los grados y títulos “otorgados a la fecha”, para su inscripción.

¿Y cuál fue el problema? Mauro Yrigoyen Fajardo, artista profesional en pintura con varios premios en su haber, quien fuera presidente del Sindicato de Docentes de ENSABAP al iniciar el juicio, responde: “Después de estudiar 6 años, hacer una tesis y presentar 8 obras de arte ante un Jurado, ENSABAP nos otorgaba el título de artista profesional, el cual se inscribía en la ANR. El problema es que no nos otorgaba el grado académico de bachiller que, en esa época, lo otorgaban de forma automática las universidades al concluir los estudios. Cuando salió la Ley 29292, solicitamos al director que regularice la entrega del grado académico a quienes ya teníamos el título profesional, pero nos lo negó, exigiéndonos cursos y pagos adicionales”.

Según la Ley Universitaria, el grado académico de bachiller es un requisito para otorgar el título profesional. Y, por ello, en el 2014, la ANR recomendó a ENSABAP “otorgar, en vía de regularización, el grado académico de bachiller a quienes ya les había otorgado el título profesional”. ENSABAP se negó, considerando tales recomendaciones como “no vinculantes”, lo cual obligó a sus egresados a un largo litigio.

“Felizmente los magistrados de la Sala nos han hecho justicia” manifiesta con alegría Eva López, otra galardonada artista profesional en pintura. “Como no podíamos acreditar el grado académico de bachiller, no podíamos graduarnos en estudios de maestría y tampoco enseñar en universidades”, señala la artista.

Como dice un principio del derecho, “quien tiene lo más, tiene lo menos”. Por ello, era absurdo que quien ya tenía un título profesional, que se otorga después de contar con el grado académico del bachillerato, no tuviera dicho grado. La negativa de ENSABAP de otorgarlo acababa violando varios derechos constitucionales, explica una asesora del Instituto Internacional de Derecho y Sociedad (IIDS), institución que llevó este caso.

“Esta es una buena noticia en medio de la pandemia. Sólo esperamos que ENSABAP cumpla pronto esta sentencia y que también la aplique a todos los profesionales egresados de ENSABAP que están en la misma situación, y que no les obligue a llevar un juicio como a nosotros”, concluyó el artista y docente Mauro Yrigoyen.

Vea el texto de la Sentencia

Antecedentes del caso

Vea una exposición virtual de los ganadores de la Sentencia



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Escrito por

ALERTANET

Medio de información del IIDS que da cuenta de casos de litigio estratégico en derechos indígenas y otros derechos humanos colectivos.


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