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Relator Especial de Naciones Unidas sobre los derechos de Pueblos Indígenas, Francisco Cali Tzay (Créditos: minorityrights.org  /  Comunicación del Relator al Congreso de respaldo a la Agenda Legislativa de los Pueblos

Relator de ONU sobre Pueblos Indígenas invita al Congreso a dar Leyes a favor de los Pueblos “como reparación de injusticias históricas”

• Relator envío nueva Comunicación al Congreso el 2/7/2021, invitándolo a aprobar leyes propuestas por los Pueblos, para dar efectividad a su personalidad jurídica, titulación de la propiedad de su territorio, entre otros derechos colectivos. • Organizaciones de Pueblos solicitan a la Comisión de Justicia que Dictamine a favor del PL 6699/2020-CR, sobre registro de la Personalidad Jurídica de Pueblos en la SUNARP, a fin de que pueda ser aprobado en esta Legislatura.

Publicado: 2021-12-07

IIDS. julio 2021.- El Relator Especial de Naciones Unidas sobre los derechos de Pueblos Indígenas, Francisco Cali Tzay (Guatemala), formalizó su opinión de respaldo a los Proyectos de Ley que forman parte de la “Agenda Legislativa de los Pueblos”, mediante comunicación escrita enviada al Congreso el 2/7/2021.

El Relator fue consultado por el presidente de la Comisión de Pueblos Andinos, Amazónicos y Afroperuanos, Ambiente y Ecología (CPAAAAE) del Congreso de la República, Lenin Bazán Villanueva, sobre cuatro proyectos de Ley presentados a propuesta de organizaciones de Pueblos indígenas u originarios y Afroperuanos.

“No es necesario el reconocimiento de los pueblos por una entidad estatal”.

El Relator señala en su comunicación que, respecto del Proyecto de Ley 6699/2020-CR, sobre la personalidad jurídica de los pueblos, ya se había pronunciado mediante carta al Congreso enviada el 20/5/2020. Y, en esta ocasión, reitera que los pueblos “existen y no requieren reconocimiento de su existencia legal por entidad estatal alguna”, pero señala que los Estados están obligados a darles “seguridad jurídica” para que puedan ejercer sus derechos, incluyendo la inscripción de su personalidad jurídica en los Registros Públicos.

Este Proyecto ya cuenta con Dictamen a favor, aprobado por la Comisión de Pueblos el pasado 28/6/2021, y se encuentra pendiente de Dictamen por la Comisión de Justicia y Derechos Humanos. Las organizaciones impulsoras plantean que el mismo sea aprobado con base en el texto Sustitutorio aprobado por la Comisión de Pueblos, donde el proyecto contó con un proceso de participación, consulta y consentimiento. Y exigen que la Comisión de Justicia lo agende ya, para que el Proyecto pueda pasar alcanzar a ser aprobado en esta Legislatura. Caso contrario, este Congreso se marcharía sin haber aprobado una sola ley relevante a favor de los Pueblos.

“Los pueblos tienen derecho a la titulación de la propiedad de sus territorios” De otro lado, con relación al Proyecto de Ley 7639/2020-CR, sobre la “Titulación de la propiedad territorial de los Pueblos” el Relator hizo un desarrollo del derecho colectivo de los pueblos a la propiedad del hábitat que ocupan los mismos, según los estándares internacionales, por ser el espacio donde desarrollan su existencia.

El Relator subrayó que la obligación del Estado de dar seguridad jurídica a la “propiedad territorial” de los pueblos indígenas y tribales no significa que se trate de un “bien de mercado, objeto de compra-venta”. Por el contrario, el Relator dio cuenta de la naturaleza de la propiedad territorial de los pueblos como “una propiedad originaria e intergeneracional”.

Finalmente, el Relator invitó al Congreso a convertir en leyes las normas de la Agenda Legislativa de los Pueblos “como una reparación de las injusticias históricas que han sufrido los pueblos indígenas”.

La Agenda legislativa de los Pueblos comprende los siguientes proyectos:

1) Proyecto de Ley 6699/2020-CR “Ley de Reconocimiento Pleno y Registros de la Personalidad Jurídica de Pueblos Indígenas u Originarios y Afroperuanos”

2) Proyecto de Ley N° 7639/2020-CR “Ley de Titulación de la Propiedad Territorial de Pueblos;

3) Proyecto de Ley N° 7638/2020-CR “Ley de Coordinación Intercultural entre Sistemas Jurídicos de Pueblos y Entidades del Estado”, y

4) Proyecto de Ley N° 7637 “Ley que Concede Amnistía a las autoridades y miembros de pueblos” perseguidos.

Cabe anotar que la “Agenda Legislativa de los Pueblos” también cuenta con el aval de otros expertos nacionales e internacionales.

La Agenda ha sido presentada por organizaciones de pueblos indígenas y afroperuanos, y es impulsada por: el Pueblo Achuar del Pastaza, representado por la Federación de la Nacionalidad Achuar del Perú (FENAP), la Central Única Nacional de Rondas Campesinas del Perú (CUNARC-P), la Unión Nacional de Comunidades Aymaras (UNCA), la Confederación Nacional Agraria (CNA), Asociación Negra de Defensa y Promoción de los Derechos Humanos (ASONEDH), la Red Peruana de Jóvenes Afrodescendientes (ASHANTI-Perú), la Confederación Campesina del Perú (CPP), el Instituto de Investigación Ciencia y Tecnología Indígena “INTI DE AMÉRICA” y la Asociación Interétnica de Desarrollo de la Selva Peruana (AIDESEP).

Aquí el texto completo de la Comunicación del Relator: Abrir

VER TAMBIÉN: Relator Especial sobre los derechos de los Pueblos Indígenas de la ONU respalda Agenda Legislativa de los Pueblos

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ALERTANET

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